domingo, 9 de septiembre de 2007

Las leyes de la belleza

enc. Univ. Ilus. Europeo...
S.f.. Pag.: 992-3 (t.22).
Del análisis de la belleza surgen los siguientes principios: 1) `Ley del orden´: la variedad de elementos debe reducirse a unidad. La unidad no es tanto maaterial cuanto de concepción, es decir, unidad de interpretación de la naturaleza. 2) `Ley de la integridad´: por más que el arte simplifique, las omisiones en nada deberán afectar las cualidades "características substanciales y expresivas" del ser bello. 3) `Ley de la claridad´: lo que se concibe en la mente con claridad, de igual manera deberán ejecutarse. 4) `Ley de la imitación´: un gran artista es siempre un gran observador; el fundamento de la belleza consiste en que la Naturaleza representada no sea falseada por el artista. 5) `Ley de la verdad´: El fin del arte no es la verdad; pero tampoco contradecirla. La verdad artística es la verosimilitud, la que tiene calidad de cierto, admisible al orden físico y psicológico. Se trata de lo que `pudo o puede ser´. 6) `Ley de la expresión´: la obra de arte debe transmitir el carácter del objeto imitado: lo que se dice de una voz, arrogante o dulce, por ejemplo, debe decirse de tal suerte de la obra bella. 7) `Ley del placer estético´: lo que molesta al goce estético, es defecto de la belleza ) `Ley de la harmonía´: La harmonía es expresión resunta de las leyes anteriores. Hay harmonía subjetiva y objetiva. La harmonía subjetiva se funda en la `plenitud´ y el `equilibrio´; se refiere a la circunstancia de que todas las facultades humanas, al intervenir en la producción de la belleza, se rija por la razón. La harmonía objetiva se refiere a la cosonancia, a la rima universal de las cosas.



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